domingo, 1 de septiembre de 2013

EL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACION Y TITULACION Y GUARDIA PARA EL PERSONAL DE LOS BUQUES PESQUEROS 1995STCW-FISHING).


EL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACION Y TITULACION Y GUARDIA PARA EL PERSONAL DE LOS BUQUES PESQUEROS 1995STCW-FISHING).

Indiscutiblemente el arte de la pesca es una de las ocupaciones más peligrosas del mundo.

According to the International Maritime Organization (IMO), 80%De acuerdo con la Organización Marítima Internacional (OMI), el 80% de of accidents on boats are caused by human error and most oflos accidentes en los barcos son causados ​​por error humano y la mayoría de these errors can at some point be attributed to management de-estos errores pueden en algún momento ser atribuidos a la pobre gestión en deficienciasficiencies that create the pre-conditions for acci que crean las condiciones previas a los accidentes.

• An average of 24,000 fatalities and 24 million non-fatalUn promedio de 24,000 muertes y 24 millones de accidents** happen each year in the fishing industryaccidentes no fatales ocurren cada año en la industria pesquera, • The fatality rate in the fishing industry is estimated atla tasa de mortalidad en el sector de la pesca se estima en 80/100,000 per annum, 79 times higher than the overallochenta por cada cien mil al año, 79 veces superior a la general occupational fatality ratetasa de mortalidad ocupacional.

Qué hacer entonces?

El Personal a bordo de los buques pesqueros, debe tener una formación adecuada y acorde a sus condiciones de trabajo (personal entrenado y competente), loa procedimientos utilizados abordo deben ser eficaces y eficientes, todas las partes del buque como casco, maquinaria y aparejos deben ser mantenidos correctamente y utilizados de acuerdo a su capacidad y diseño, Una gestión orientada  al a seguridad.

Siendo la seguridad en los buques pesqueros motivo de preocupación para la OMI, se pone en vigencia en 1977 la primera conferencia internacional sobre seguridad para los buques pesqueros, la misma que fue celebrada en Torremolinos-España estableciendo un régimen se seguridad para los buques pesqueros cuya eslora sea igual o mayor a 24 metros, la misma que tenían normas similares al convenio SOLAS pero aplicable a los buques de pesca. Estas normas fueron vistas como muy estrictas por los países pesqueros y nunca fue ratificada.

En 1993, se adoptó un Protocolo a la Convención (Protocolo Torremolinos) el mismo que modifica y actualiza el Convenio de 1977. Algunas de las disposiciones se limitan a buques pesqueros de eslora igual o superior a los 45 metros.

En un esfuerzo por satisfacer las ciertas condiciones específicas locales, algunos artículos de éste protocolo, permiten a las Administraciones Nacionales aplicar ciertas disposiciones para ciertas clases de buques como aquellos cuya eslora es inferior a los 24 metros o para modificar ciertas disposiciones para que se ajusten y coincidan con las locales. La elaboración de normas nacionales  también se ven alentadas por la OMI las mismas que pueden desarrollarse en consulta con la OMI sin esperar la entrada en vigor del Protocolo.

Una vez aprobado el Protocolo de TORREMOLINOS, éste impondrá una serie de obligaciones a los Estados del Pabellón y Administraciones nacionales a fin de garantizar que los buques de pesca cumplan con sus requisitos. La certificación de éstos buques los hará parte del control del Estado Rector del Puerto.

In an effort to take into account local specificities, some protocol To addreEl Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la Gente de Mar, 1995 (STCW-F 1995) entró en vigor el 29 de septiembre de 2012.

The STCW-F Convention sets the certification and minimum training requirements for crews of seagoing fishing vessels of 24 metres in length and above. El Convenio STCW-F establece los requisitos mínimos de formación y certificación de las tripulaciones de los buques de pesca marítima de 24 metros de eslora y más.The Convention consists of 15 Articles and an annex containing technical regulations. La Convención consta de 15 artículos y un anexo conteniendo regulaciones técnicas en cuatro Capítulos:

-Capítulo I : Provisiones Generales.

-Capítulo II: Certificación de Patrones, Oficiales, Ingenieros y Radio Operadores.

-Capítulo III: Entrenamiento de seguridad Básico para todo el personal que trabaja a bordo de los buques de pesca.

-Capítulo IV: Normativas para las Guardias a bordo de los buques pesqueros.

The STCW-F Convention has been ratified by 15 States: Canada, Denmark, Iceland, Kiribati, Latvia, Mauritania, Morocco, Namibia, Norway, Palau, the Russian Federation, Sierra Leone, Spain, the Syrian Arab Republic and Ukraine, and also by Faroes, DenmarEl Convenio STCW-F ha sido ratificado por 15 Estados: Canadá, Dinamarca, Islandia, Kiribati, Letonia, Mauritania, Marruecos, Namibia, Noruega, Palau, la Federación de Rusia, Sierra Leona, España, la República Árabe Siria y Ucrania, así como por Islas Feroe, Dinamarca.

The entry into force of the STCW-F Convention comes just days before a diplomatic conference, to be held in Cape Town, South Africa, from 9 to 11 October, which will consider adopting an Agreement on the implementation of IMO's other instrument relating to fishing vessel safety, the 1993 Protocol relating to the 1977 Torremolinos International Convention for the Safety of Fishing Vessels. La entrada en vigor del Convenio STCW-F se produce pocos días antes de una conferencia diplomática, que se celebrada en Ciudad del Cabo, Sudáfrica, del 9 al 11 de octubre, en la que se llegó a un Acuerdo sobre la aplicación de otros instrumentos de la OMI relativas a la pesca seguridad de los buques, el Protocolo de 1993 relativo al Convenio Internacional de 1977 de Torremolinos para la seguridad de los buques de pesca.

El Convenio STCW-F de 1995 complementa el convenio de Torremolinos, estableciendo un marco regulatorio para la formación, titulación y certificación del personal que trabaja a bordo de los buques pesqueros.The International Convention on Standards of Training, Cer-

The STCW-F Convention addresses training and certification stan-El Convenio STCW-F aborda la formación y la certificación estándar para Patrones y Maquinistas de buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 metros, y para los Ingenieros a bordo de buques de más de 750 KW, así como para la tripulación a cargo de las comunicaciones a bordo de dichos buques.

 Documento Guía sobre formación y titulación del personal de los buques pesqueros
Anteriormente, como resultado de los esfuerzos para mejorar el nivel de formación, titulación y guardia del personal de los buques de pesca habían sido adoptadas como recomendaciones en resoluciones de la Asamblea, el Documento de orientación sobre formación y titulación de Pescadores, producido conjuntamente por la OMI y la Organización de Alimentos y Agricultura (FAO) y la Organización Internacional del Trabajo(OIT).
 
El Documento de Orientación tomó en cuenta los convenios y recomendaciones adoptados por la OIT y la OMI y la amplia experiencia práctica de la FAO en el ámbito de la formación de los pescadores y se cubre la formación y certificación de los pescadores artesanales e industriales. En 1995 un grupo de trabajo conjunto, en cooperación con la FAO y la OIT, revisó el documento de orientación con especial referencia a las resoluciones pertinentes del Convenio STCW-F.
 
El resultado fue un documento revisado titulado Documento de orientación sobre formación y titulación del personal de los buques de pesca, que fue aprobado por la FAO, la OIT y la OMI en 2000 y publicados en nombre de las tres organizaciones por la OMI en 2001.

Código de seguridad para los buques de pesca, guía voluntaria

La OMI ha elaborado, en colaboración con la FAO y la OIT, una serie de instrumentos de carácter no obligatorio. Estos incluyen la revisión del Código de seguridad para pescadores y buques pesqueros, 2005, y las Directrices de aplicación voluntaria para el proyecto, la construcción y el equipo de buques pesqueros pequeños, 2005.
El Código de Seguridad para Buques de pesca revisado y las Directrices voluntarias - originalmente desarrollado y aprobado en la década de 1970, se han desarrollado principalmente para uso de las autoridades competentes, centros de formación, los propietarios de buques pesqueros, las organizaciones representativas de los pescadores y las organizaciones no gubernamentales, teniendo un papel reconocido en la seguridad de los pescadores, la salud y la formación.
La parte A del Código brinda orientaciones para la elaboración de códigos nacionales, y manuales para  la educación y capacitación de los pescadores y los manuales de capacitación y orientación y guía para  la seguridad y la salud del personal que trabaja a bordo de los buques pesqueros.. Se alienta a las autoridades competentes para hacer uso de los contenidos del Código y las directrices voluntarias en la observancia de seguridad y salud, así como en los materiales de entrenamiento en un formato adecuado para satisfacer las necesidades particulares de las empresas pesqueras del país o región y en los idiomas locales.

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